9. Marco jurídico nacional, políticas públicas e iniciativas relacionadas con la producción y el consumo responsable en México y su legislación local en Baja California Sur

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Fabiola Verduzco López


Judith Juárez Mancilla

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9. Marco jurídico nacional, políticas públicas e iniciativas relacionadas con la producción y el consumo responsable en México y su legislación local en Baja California Sur

Fabiola Verduzco López*

Judith Juárez Mancilla**

Resumen

Para que un país como México logre satisfacer las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de generaciones futuras para el mismo fin, será necesario contar con un desarrollo sostenible. Sin embargo, este desarrollo sostenible no es fácil de lograr, de ahí que sea muy importante analizar la legislación, la políticas y los programas públicos, los diversos instrumentos internacionales y las diferentes propuestas de países del mundo que están trabajando para cumplir con las metas que ellos mismos y de común acuerdo han adoptado en aras de salvar al planeta. Ante esto, se considera pertinente describir y analizar los elementos e información que dan un panorama específico sobre el tema de producción y consumo sostenible como conceptos básicos, cifras, el marco jurídico de México y casos de éxito, así como la identificación de políticas públicas en la materia, esto con el objetivo de identificar iniciativas que puedan ser implementadas para lograr este objetivo en el ámbito local.

El marco del desarrollo sostenible incide en un gran abanico de ámbitos y sectores tanto públicos como privados y sociales, además de los pilares que integran el desarrollo sustentable como son el económico, el social y el medioambiental. De forma específica, la producción y el consumo sustentables, por la implicación que tienen respecto de la degradación del medio ambiente y su relación con la economía y la sociedad, han sido objeto de regulación a través de diversos instrumentos internacionales, los cuales han dado pauta a la instauración de un marco jurídico en la materia en México, y que resulta sumamente amplio por las temáticas que abarca. Es por ello que en este documento se ofrecen diversos elementos que permiten obtener un panorama general del tema, a través del desarrollo de las siguientes secciones: marco jurídico nacional y políticas públicas implementadas, con el objeto de transitar de una producción y consumo irracional e insustentable a uno sustentable, destacando la estrategia legislativa mexicana para la Agenda 2030; análisis de iniciativas de reforma a diversos ordenamientos jurídicos, en las que se proponen tanto reformas a ordenamientos ya existentes como la creación de nuevas leyes, con el propósito de contribuir en el cumplimiento de los objetivos que se han planteado en México para contar con una producción y consumo responsables; la legislación local de Baja California Sur referente a este tema; y casos de éxito que se han implementado como respuesta a estas diferentes propuestas de consumo y producción sostenible en el país.

Palabras clave: Objetivos de desarrollo sustentable (ods), producción y consumo responsable, Agenda 2030.

1. Introducción

Diversas han sido las organizaciones tanto públicas como privadas que se han dado a la tarea de abordar la problemática de la producción y el consumo insostenible con la finalidad de contribuir y aportar en el establecimiento de una cultura o educación para una producción y consumo sustentables (Ruge, 2022). En la Estrategia Nacional de Producción y Consumo Sustentable (Semarnat, 2013) se encuentran como sectores detonantes y, por lo tanto, áreas de oportunidad a las que se debe atender como patrones insustentables de producción y consumo, por mencionar algunos, los siguientes: el energético, de transporte, turístico, de alimentos y bebidas, manufactura, industrial, textil, agrícola, pesquero, de edificación. Al respecto se apunta que éstos tienen un porcentaje de responsabilidad en la explotación y uso irracional de recursos, en la emisión de contaminantes, en la generación de residuos y en específico en el desarrollo de patrones insustentables de producción y consumo. Sobre el cumplimiento del objetivo 12 de dicha estrategia y sus metas, México asume que se puede lograr involucrando a diversos sectores con acciones específicas y concretas por realizar:

  • Sociedad: Recicla y consume productos que apliquen prácticas sostenibles y no dañen el medio ambiente.
  • Iniciativa privada: Recicla, reutiliza y aplica prácticas sostenibles que no dañen el medio ambiente. Usa eficientemente la energía y los recursos.
  • Academia: Fortalece la investigación, colabora para crear soluciones innovadoras y apoya en la medición del impacto.
  • Gobiernos: Promueven una cultura de producción y consumo sostenibles. Contratan proveedores que realicen prácticas sostenibles (Gobierno de México, 2017).

Adicionalmente, se apunta que la producción y el consumo sustentables son importantes por dos razones: para fomentar el uso eficiente de los recursos y minimizar la generación de residuos contaminantes, y para hacer más y mejores productos y servicios con menos recursos, tomando en cuenta los impactos negativos generados durante su ciclo de vida.

2. Retos a los que se enfrenta México en el cumplimiento de los ods en materia de producción y consumo sustentable

De acuerdo con la Estrategia Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 en México (Semarnat, 2013), se identifican las problemáticas que presenta México en relación con la producción y el consumo sustentables, las cuales se mencionan a continuación junto con los retos que debe enfrentar para solucionarlos:

Tabla 1. Desafíos de Producción y Consumo Sustentables en México (Agenda 2030)

Problemática Retos
Falta de recursos presupuestarios y humanos para la operación del Programa Especial de Producción y Consumo Sustentable.
Generalizar la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales ya que la importancia de los bienes y servicios ecosistémicos no está internalizada en los mercados. Generar mayor demanda de productos y consumo de bienes y servicios bajo esquemas de certificación sostenible, tanto a nivel gubernamental como de la población en general.
La pérdida, merma y desperdicio de alimentos, lo que conlleva a la inseguridad alimentaria. Contar con una buena programación del calendario y condiciones de recolección, así como uso de técnicas y equipos adecuados para las etapas de cosecha y poscosecha. Infraestructura suficiente y apropiada para el transporte, almacenamiento y comercialización que permita que los alimentos no se estropeen.
Lograr el rescate efectivo de los alimentos en puntos estratégicos de la cadena de producción con el apoyo de bancos de alimentos, y reducir a la mitad el desperdicio per cápita de los mismos.
Revisar las políticas, planes y programas para fortalecer a los productores primarios.
Evitar que las prácticas de compra y venta de alimentos al por menor resulten en la pérdida y el desperdicio de estos.
Baja tasa de recuperación y valorización de los desechos; 70% de los residuos sólidos urbanos son desechados en rellenos sanitarios, el resto se envía a depósitos no controlados. Para avanzar en el reciclaje de los residuos, el principal reto es la separación correcta en la fuente de generación. Fortalecer la implementación de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos y delimitar responsabilidades y sanciones más claras.
Endurecer la legislación ambiental de las sustancias químicas, que en la actualidad es muy débil.
Falta de personal con las capacidades suficientes para la verificación y vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental. Robustecer las capacidades institucionales para garantizar la coordinación entre las dependencias, alinear los programas de incentivos e impulsar el diálogo con los distintos actores involucrados.
En el ámbito de las compras públicas, hay una importante incompatibilidad entre los fines propios de la contratación pública y la incorporación de criterios de sostenibilidad dicha inversión. Expedir instrumentos normativos adecuados para el control, seguimiento y verificación de la adquisición y arrendamiento de bienes y servicios por parte del sector público.
En el ámbito del sector privado: Fortalecer, reconocer y difundir las acciones que el sector privado ha impulsado para implementar patrones de producción sostenible que consideren un uso eficiente de recursos y energía, así como el aprovechamiento de materiales y subproductos. Integrar a las micro, pequeñas y medianas empresas para promover el fortalecimiento de sus capacidades y la adopción de prácticas sostenibles y de responsabilidad social en sus modelos de negocio.
Crear un compendio que concentre el número de empresas que publican sus acciones a través de un informe anual de sostenibilidad.

Fuente: elaboración propia con información de la Estrategia Nacional para la implementación de la Agenda 2030 en México.

3. Instrumentos internacionales que comprenden la producción y el consumo responsables

Varios son los instrumentos internacionales en los que se aborda lo relativo a la producción y el consumo sostenibles, y a través de los cuales se da a conocer la necesidad de solucionar la problemática de la producción y el consumo insostenibles a fin de atender el mejoramiento del medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. El proceso de Marrakech es un proceso global que apoya la implementación de políticas y proyectos piloto sobre consumo y producción sustentable y el desarrollo de un marco de programa a 10 años sobre consumo y producción sustentable, que responde al Plan de Aplicación de Johannesburgo de la Cumbre Mundial de Desarrollo Sustentable. Dicho marco de programas es el denominado Marco Decenal de Programas de Consumo y Producción Sustentables (conocido en inglés como 10YFP). Para el desarrollo del marco decenal se establecen cuatro fases o acciones, en virtud de que tanto las necesidades sobre consumo y producción sustentables de cada país y regiones son diversas. Estas fases o acciones constituyen el Proceso de Marrakech y son las siguientes:

Fase 1 Fase 2 Fase 3 Fase 4
Consultas regionales para identificar prioridades y necesidades regionales sobre consumo y producción sustentable. Elaboración de estrategias regionales y mecanismos de implementación, coordinados por instituciones claves en cada región. Implementación de proyectos concretos y programas a nivel regional, nacional y local para desarrollar y/o mejorar los instrumentos y metodologías de consumo y producción sustentable. Reuniones internacionales, para la evaluación del progreso, intercambio de información y cooperación internacional.

Para la región América Latina y el Caribe surge el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (pnuma) como respuesta a las necesidades planteadas en las reuniones de Argentina, Nicaragua, Panamá, así como en las de Marrakech y Costa Rica y basado en la Declaración de Río 92 y la Cumbre Mundial de Johannesburgo. El programa propone:

  • Desarrollar y adoptar estrategias nacionales en producción y consumo sustentable;
  • Apoyar el diseño e implementación de sistemas integrados de gestión de residuos y promover políticas en prevención y minimización de residuos.
  • Mejorar las capacidades y el conocimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas en tecnologías más sustentables, producción limpia y ecodiseño.
  • Promover la implementación de programas de compras públicas sustentables en los gobiernos.
  • Aumentar la conciencia ambiental en producción y consumo sustentable.
  • Fortalecer el consejo de expertos de gobierno en consumo y producción sustentables.

Este marco decenal es un marco de acción global para promover la cooperación internacional a fin de acelerar la transición hacia el consumo y la producción sostenibles en países tanto desarrollados como en desarrollo. El 10yfp apoya la creación y el fortalecimiento de capacidades y facilita el acceso a asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo para esta transición; también desarrolla, replica y amplía iniciativas de cps y de eficiencia en el uso de recursos. Estas iniciativas son de alcance tanto nacional como regional. El texto adoptado del 10yfp (A/CONF.216/5) incluye una lista abierta e indicativa de programas que se basan principalmente en la experiencia ganada a través del Proceso de Marrakech. Los cinco programas iniciales de trabajo del 10yfp fueron: Información al consumidor, Estilos de vida sostenibles y educación, Compras públicas sostenibles, Edificaciones y construcción sostenibles y Turismo sostenible.

4. Marco jurídico nacional en materia de producción y consumo responsables

4.1. Legislación federal

El marco jurídico de la producción y consumo sustentable es sumamente amplio. En este apartado se hace mención de éste, iniciando con el fundamento constitucional, legislación secundaria, mención a sus reglamentos hasta las normas mexicanas, así como las distintas políticas públicas en la materia.

4.1.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Cámara de Diputados, 2022)

En la Carta Magna, el artículo 4° establece el derecho a un medio ambiente sano, al señalar expresamente que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”. Por su parte, el artículo 25 estipula que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable. Asimismo, y de manera específica, el artículo 2° Constitucional en materia de derechos indígenas señala que para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, las autoridades de los tres niveles de gobierno tienen la obligación de apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas. Al respecto, en el mismo artículo se apunta que esto se hará mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, la aplicación de estímulos para las inversiones públicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva así como para asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.

4.1.2. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

De conformidad con la Carta Magna, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente contiene las disposiciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico en el territorio nacional que tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para el aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración de los recursos naturales, de manera que sean compatibles con la obtención de recursos económicos y las actividades de la sociedad que preserven los ecosistemas (art. 1o). Para lograrlo, la misma ley establece que la Federación tiene la facultad de formular y conducir la política ambiental nacional (art. 5), respetando como principio la coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública, además entre los distintos niveles de gobierno y la concertación con la sociedad, pues son indispensables para la eficacia de las acciones (art. 15, fracc. IX), sin olvidar que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado. Las autoridades en términos de ésta y otras leyes tomarán las medidas para garantizar este derecho. En ese sentido, la Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán, desarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental (art. 21). Se consideran instrumentos de esta índole los mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar actividades que favorezcan un ambiente sano (art. 22). Por último, debe señalarse que esta ley, en su artículo 29, menciona que las autoridades competentes promoverán la incorporación de contenidos ecológicos, conocimientos, valores y competencias, tanto en los distintos ciclos educativos como en la formación cultural.

4.1.3. Ley General de Cambio Climático

La Ley General de Cambio Climático establece como principio de la Política Nacional de Cambio Climático: “La adopción de patrones de producción y consumo por parte de los sectores público, social y privado para transitar hacia una economía de bajas emisiones de carbono”. De manera puntual, en relación con la política de mitigación del cambio climático, en el artículo 34 se contempla que, para reducir las emisiones, las dependencias y entidades de la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de su competencia, promoverán el diseño y la elaboración de políticas y acciones de mitigación asociadas a los sectores correspondientes, considerando las disposiciones siguientes:

VI. Educación y cambios de patrones de conducta, consumo y producción: … b) Desarrollar programas que promuevan patrones de producción y consumo sustentables en los sectores público, social y privado a través de incentivos económicos, fundamentalmente en áreas como la generación y consumo de energía, el transporte y la gestión integral de los residuos […] Programas y áreas que de conformidad con la Ley serán objetivo de evaluación, tal y como lo establece el artículo 102, fracción II: Artículo 102. En materia de mitigación al cambio climático la evaluación se realizará respecto de los objetivos siguientes: … II. Reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, y mejorar los sumideros de gases de efecto invernadero mediante el fomento de patrones de producción y consumo sustentables en los sectores público, social y privado fundamentalmente en áreas como: la generación y consumo de energía, el transporte y la gestión integral de los residuos…

4.1.4. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable prevé algunas cuestiones en materia de producción y consumo responsables en relación con los recursos forestales. En ella se señala que el desarrollo forestal sustentable se considera un área prioritaria del desarrollo nacional, en los términos señalados en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 4° de esta ley (art. 28). Asimismo, establece en el artículo 29 los principios rectores de la política nacional en materia forestal, destacando para efectos de este trabajo el contemplado en la fracción IV, el cual se refiere al diseño y el establecimiento de instrumentos de mercado, fiscales, financieros y jurídico-regulatorios, orientados a inducir comportamientos productivos y de consumo sustentables de los recursos forestales, que respeten los derechos comunitarios y den transparencia a la actividad forestal. Igualmente, contempla dentro de sus principios el contenido en la fracción IX, el cual prevé la promoción de una cultura forestal que fomente el cuidado, la preservación y el aprovechamiento forestal sustentable, así como de sus bienes y servicios ambientales, su valoración económica, social y de seguridad que se proyecte en actitudes, conductas y hábitos de consumo responsable. Además, se considera que debe ser la Comisión Nacional Forestal la que impulse y promueva la Certificación del adecuado manejo forestal, así como las tareas de sensibilización de los compradores finales nacionales e internacionales de productos forestales en el consumo responsable (art. 108).

4.1.5. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Es importante señalar que México se comprometió a implementar el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible que derivan de la Cumbre de Johannesburgo sobre Desarrollo Sostenible de 2002. Dicho plan incluye el desarrollo de acciones sobre consumo y producción sustentables que involucren la planeación urbana y el manejo de residuos, por lo que a través de lo dispuesto en esta ley se procura dar cumplimiento a dichos compromisos. En esta ley se establecen como facultades tanto de la Federación como de las entidades federativas promover la educación y capacitación continuas de personas, grupos u organizaciones de todos los sectores de la sociedad, con el objeto de modificar los hábitos negativos para el ambiente de la producción y el consumo de bienes (art. 7, fracc. XVII).

4.1.6. Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

Esta ley regula la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichos daños cuando sea exigible a través de los procesos judiciales federales previstos por el artículo 17 constitucional, los mecanismos alternativos de solución de controversias, los procedimientos administrativos y aquellos que correspondan a la comisión de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. La ley tiene por objeto la protección, la preservación y la restauración del ambiente y el equilibrio ecológico, para garantizar los derechos humanos a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de toda persona, y a la responsabilidad generada por el daño y el deterioro ambiental. Asimismo, se señala que el régimen de responsabilidad ambiental reconoce que el daño ocasionado al ambiente es independiente del daño patrimonial sufrido por los propietarios de los elementos y recursos naturales, y que el desarrollo nacional sustentable debe considerar los valores económicos, sociales y ambientales. Con esta ley se da cumplimiento algunas de las políticas sugeridas por los instrumentos internacionales como el Programa de la Agenda 2030, en donde se recomienda instaurar la política que en algún momento se ha conocido como “quien contamina paga”, esto se refleja en la ley cuando lo que regula es la responsabilidad ambiental originada por los daños ocasionados al ambiente y la reparación y compensación por dichos daños.

4.1.7. Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos

El objeto de esta ley es la promoción y el desarrollo de los bioenergéticos con el fin de coadyuvar a la diversificación energética y el desarrollo sustentable como condiciones que permiten garantizar el apoyo al campo mexicano. A través de esta ley se otorgan facultades a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) para:

  • regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas relativas a los requisitos, características, medidas de seguridad y demás aspectos pertinentes para la producción sustentable de insumos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento;
  • elaborar el programa de producción sustentable de insumos para bioenergéticos y de desarrollo científico y tecnológico;
  • asesorar a los productores para que el desarrollo de cultivos destinados a la producción sustentable de insumos para producir bioenergéticos se realicen de acuerdo con las prácticas que las investigaciones científicas y tecnológicas aconsejen (art. 11, fracs. II, IV, VI).

4.1.8. Ley General de Turismo

En virtud de que el turismo sustentable es parte de una de las metas de los ods, se considera necesario observar qué dispone al respecto la legislación mexicana, y en ese sentido se encuentra a la Ley General de Turismo, ordenamiento que tiene como parte de su objeto establecer las bases para la política, planeación y programación en todo el territorio nacional de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los estados, municipios y la Ciudad de México, a corto, mediano y largo plazo; asimismo, es parte de su objeto, establecer las reglas y los procedimientos para la creación de las zonas de desarrollo turístico sustentable, su operación y las facultades concurrentes que, de manera coordinada, ejercerán el Ejecutivo federal, los Estados y municipios en dichas zonas. Al respecto, la ley señala que el turismo sustentable, para considerarse como tal, debe cumplir con las siguientes directrices: (a) dar un uso óptimo a los recursos naturales aptos para el desarrollo turístico, ayudando a conservarlos con apego a las leyes en la materia; (b) respetar la autenticidad sociocultural de las comunidades anfitrionas, conservando sus atractivos culturales, sus valores tradicionales y arquitectónicos, y (c) asegurar el desarrollo de las actividades económicas viables, que reporten beneficios socioeconómicos, entre los que se cuenten oportunidades de empleo y obtención de ingresos y servicios sociales para las comunidades anfitrionas, que contribuyan a mejorar las condiciones de vida (art. 3, frac. XXI).

Por otra parte, se señala que corresponde a los estados y a la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en la ley y las leyes locales en materia turística, la siguiente atribución: participar en la regulación, administración y vigilancia de las zonas de desarrollo turístico sustentable en los municipios de los estados, conforme a los convenios que al efecto se suscriban (art. 9, frac. VIII).

4.1.9. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Entre esas disposiciones se estipula que los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal establezcan en las políticas, bases y lineamientos los aspectos de sustentabilidad ambiental que deberán observarse en las adquisiciones, arrendamientos y servicios (art. 22). También, se señala que, en las adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera, y para el caso de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50% de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro (art. 26).

4.1.10. Ley de Productos Orgánicos

Esta ley tiene como parte de su objeto:

II. Establecer las prácticas a que deberán sujetarse las materias primas, productos intermedios, productos terminados y subproductos en estado natural, semiprocesados o procesados que hayan sido obtenidos con respeto al medio ambiente y cumpliendo con criterios de sustentabilidad … V. Promover los sistemas de producción bajo métodos orgánicos, en especial en aquellas regiones donde las condiciones ambientales y socioeconómicas sean propicias para la actividad o hagan necesaria la reconversión productiva para que contribuyan a la recuperación y/o preservación de los ecosistemas y alcanzar el cumplimiento con los criterios de sustentabilidad…

Por otro lado, esta ley prevé que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con opinión del Consejo Nacional de Producción Orgánica, promueva que en actividades agropecuarias se adopte y desarrolle la producción bajo métodos orgánicos para, entre otros, proporcionar una alternativa sustentable a los sistemas de producción de los pequeños productores, cooperativistas, ejidatarios y comuneros. Asimismo, contempla obtener un mayor valor en el mercado o acceder a nuevos mercados constituyendo una alternativa sostenible de los productores a través de la reconversión hacia la producción orgánica.

4.1.11. Ley Federal de Protección al Consumidor

En el caso del consumo sustentable, la Procuraduría Federal del Consumidor deberá fomentar permanentemente una cultura de consumo responsable e inteligente, entendido como aquel que implica un consumo consciente, informado, crítico, saludable, sustentable, solidario y activo, a fin de que los consumidores estén en la posibilidad de realizar una buena toma de decisiones, suficientemente informada, respecto del consumo de bienes y servicios, los efectos de sus actos de consumo y los derechos que los asisten. Para este propósito, dicha procuraduría elaborará contenidos y materiales educativos en esta materia a fin de ponerlos a disposición del público por los medios a su alcance, incluyendo su distribución en los establecimientos de los proveedores, previo acuerdo con éstos (art. 8 bis).

4.1.12. Ley General de Educación

Por su parte, la Ley General de Educación, de manera muy superficial, establece como uno de los criterios bajo los cuales impartirá el Estado la educación, el de inculcar conceptos y principios de consumo sostenible.

4.1.13. Ley de Planeación

Es importante hacer hincapié en esta ley, ya que es la que le da fundamento a la política nacional para que las autoridades competentes elaboren y expidan los programas que contengan las metas, objetivos, estrategias y líneas de acción en materia de consumo responsable. También es el fundamento para la planeación en México cuyo instrumento rector es el Plan Nacional de Desarrollo; en ese sentido, el artículo 21 de dicha ley señala que el Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país. Asimismo, considera las tres dimensiones del desarrollo sostenible (social, ambiental y económico) en la planeación nacional. Adicionalmente se debe señalar que, con las reformas al ordenamiento publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 16 de febrero de 2018, en el artículo quinto transitorio se contempla que las Administraciones Públicas Federales correspondientes a los periodos 2018-2024 y 2024-2030 podrán considerar en su contenido las estrategias para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas, contenidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El mismo artículo transitorio establece que para efectos de ello, en los procesos de elaboración de los proyectos de dichos planes se considerarán las propuestas que, en su caso, elabore el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Lo anterior permite contar con un marco que dé pauta a la continuidad transexenal. En ese sentido se cuenta con el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el cual funge como la instancia multiactor, pues vincula al Ejecutivo federal con los gobiernos locales, el sector privado, la sociedad civil y la academia. El Consejo Nacional está encargado de analizar la situación de México en las distintas temáticas de la Agenda 2030, identificar y proponer soluciones para el cumplimiento de los ods y garantizar la coherencia y coordinación de los distintos esfuerzos para su puesta en marcha.

4.2. Políticas públicas

4.2.1. Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND)

El pnd 2019-2024 publicado en el Diario Oficial el 12 de julio de 2019 establece una política de desarrollo regida por doce principios: 1. Honradez y honestidad. 2. No al gobierno rico con pueblo pobre. 3. Nada al margen de la ley; por encima de la ley, nadie. 4. Economía para el bienestar. 5. El mercado no sustituye al Estado. 6. Por el bien de todos, primero los pobres; 7. No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera; 8. No hay paz sin justicia; 9. El respeto al derecho ajeno es la paz; 10. No más migración por hambre o por violencia; 11. Democracia significa el poder del pueblo. 12. Ética, libertad y confianza. Además, establece tres grandes ejes: I. Política y Gobierno; II. Política Social; III. Economía. Este documento plantea transitar hacia una visión en la que los individuos, como sujetos de derecho, sean el centro de la política, y en la que se respete y promueva el arraigo a su territorio, a partir de un modelo de desarrollo económico y social equitativo, sostenido y balanceado. Cabe destacar que los 30 objetivos del Eje General del pnd tienen una vinculación con los 17 ods aprobados por la onu y representan 40% del total de las relaciones posibles, resaltando el hecho de que el número de objetivos relacionados entre ambas partes asciende a 204. Sin embargo, no establece ninguna estrategia específica para alcanzar el objetivo 12 que hace referencia al consumo y la producción sostenible.

4.2.2. Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Promarnat 2020-2024)

Derivado del compromiso de México para impulsar el desarrollo sostenible al que se hace referencia en el segundo eje del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, denominado política social, se emite y publica en el Diario Oficial de la Federación el 7 de julio de 2020 el Promarnat, el cual se integra por cinco objetivos prioritarios:

  1. Promover la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad con enfoque territorial y de derechos humanos, considerando las regiones bioculturales, a fin de mantener ecosistemas funcionales que son la base del bienestar de la población.
  2. Fortalecer la acción climática a fin de transitar hacia una economía baja en carbono y una población, ecosistemas, sistemas productivos e infraestructura estratégica resilientes, con el apoyo de los conocimientos científicos, tradicionales y tecnológicos disponibles.
  3. Promover al agua como pilar de bienestar, manejada por instituciones transparentes, confiables, eficientes y eficaces que velen por un medio ambiente sano y donde una sociedad participativa se involucre en su gestión.
  4. Promover un entorno libre de contaminación del agua, el aire y el suelo que contribuya al ejercicio pleno del derecho a un medio ambiente sano.
  5. Fortalecer la gobernanza ambiental a través de la participación ciudadana libre, efectiva, significativa y corresponsable en las decisiones de política pública, asegurando el acceso a la justicia ambiental con enfoque territorial y de derechos humanos y promoviendo la educación y la cultura ambiental.

En el Promarnat se advierte que la ausencia de una cultura ambiental constituye un grave obstáculo para transformar los patrones de consumo insostenibles que predominan en ciertos sectores de la sociedad. Cabe señalar que del propio Promarnat se desprende que éste se alinea con la Agenda 2030 con la cual comparte objetivos.

4.2.3. Estrategia Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 en México

En noviembre de 2019 fue presentada esta estrategia nacional, la cual plantea diversas coordenadas para entender de mejor manera la ruta que conduce hacia el futuro que se desea para México y para el planeta, así como algunas acciones clave para alcanzarlo. Al respecto, la estrategia contiene diversas propuestas sobre cómo atender los temas y las metas que abordan los ods y para su logro y cumplimiento. En cuanto a producción y consumo sustentable establece algunas propuestas y retos a afrontar. Algunos de los datos que ofrece la Estrategia Nacional para destacar la importancia de garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles son:

  • Que el desperdicio anual de alimentos en México (de acuerdo con el Banco Mundial) sería suficiente para alimentar de manera adecuada a 11 millones de personas en condición de pobreza extrema.
  • El 16% de residuos se envía a tiraderos a cielo abierto.
  • Se malgastan 39 000 litros de agua por pérdidas y desperdicios de alimentos.

En ese sentido se señala que la visión de México hacia 2030 habrá adoptado patrones de producción, distribución y consumo sostenibles con un enfoque de ciclo de vida y de economía circular, mediante la coparticipación de todos los sectores; con esto:

  1. se hará un mejor uso de los recursos naturales y se minimizará la emisión de desechos y sustancias contaminantes;
  2. se responderá a las necesidades básicas de la población, y
  3. se contribuirá a mejorar su calidad de vida, sin poner en riesgo la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

Asimismo, se considera que se desvinculará el crecimiento económico de la degradación ambiental y de la desigualdad social, impulsando la competitividad de los sectores productivos y coadyuvando a reducir la pobreza y generar bienestar. Además, se establecen los logros que se esperan alcanzar, como:

  • La política nacional de producción y consumo sostenible habrá contribuido a disminuir significativamente las huellas de energía, agua, biodiversidad y materias primas.
  • Los ecosistemas del país (y los bienes y servicios ambientales que éstos generan) serán valorados y protegidos como un bien público esencial para potenciar el crecimiento verde.
  • Se hará una gestión integral de los residuos mediante planes de manejo completos que minimicen su generación y maximicen su valoración.
  • Se fomentará el aprovechamiento, reúso y recuperación de materiales y subproductos a lo largo de la cadena productiva y de manera sistémica; esto permitirá limitar la extracción de recursos, favorecer el uso eficiente de los mismos e impulsar el diseño de productos de alta durabilidad y empleo.
  • Se promoverá el aprovechamiento energético de los residuos, así como su reciclaje, y se contará con procesos para la gestión integral de las sustancias químicas y peligrosas, así como de sus residuos y emisiones asociadas.
  • Lograr una reducción significativa del desperdicio de alimentos per cápita, así como de las pérdidas en las cadenas de producción y suministro, incluidas las pérdidas posteriores a la cosecha.

Cabe señalar que durante el periodo de la Administración 2012-2018 se observa que también se emitieron instrumentos puntuales para el cambio en las modalidades de consumo y producción encaminadas a la sustentabilidad. Entre estos instrumentos destacan: la estrategia nacional de producción y consumo sustentable que busca a través del consumo y la producción cambiar los patrones tradicionales hacia estilos de vida sustentables, para lo cual se plantearon diez principios rectores que son intrínsecos a la aplicación de las medidas. Éstos tienen el objetivo de guiar el actuar de los tomadores de decisiones y de los actores sociales involucrados y son: Calidad de vida, Acceso a la información, Cultura de la sustentabilidad, Responsabilidad común pero diferenciada, Participación ciudadana, Perspectiva de género, Perspectiva de ciclo de vida, Principio precautorio, Coordinación inter e intragubernamental y Reducción, Reutilización, Reciclaje. Sin embargo, la legislación actual no ha dado seguimiento o continuidad a estas propuestas.

4.3. Legislación local de bcs

Cómo se ha visto, el marco jurídico en materia de producción y consumo responsable es extenso por las diversas temáticas que aborda. En ese sentido, se identificó que de la legislación local en Baja California Sur (bcs) se desprenden algunos temas relacionados con el del presente trabajo, como son desperdicio de alimentos, turismo sostenible y manejo de residuos entre otros. En cuanto a la legislación en materia de desperdicios de alimentos se refiere, sólo quince son las entidades federativas que han emitido una ley que aborda lo relativo al desperdicio de alimentos. bcs aun no cuenta con una legislación de este tipo.

4.3.1. Legislación en materia de residuos en Baja California Sur

En relación con la legislación en materia de residuos, que es un tema que integra tanto la producción como el consumo sustentable, bcs no cuenta con una legislación al respecto. Sin embargo, el 10 de septiembre de 2020 se presentó la iniciativa para la creación de la Ley de Manejo Integral de Residuos Sólidos del Estado de Baja California Sur; con esta legislación se fortalece el marco jurídico desde la base: la problemática de la disposición de los residuos en el estado, conforme al marco de competencias planteado por la Constitución Federal y la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente del Estado de Baja California Sur.

Sin embargo, es necesario someter a una regulación el proceso de los residuos sólidos no peligrosos, sobre todo los que se producen en los miles de hogares de todo el estado y en la mayor parte de los comercios, que contemple un manejo integral, desde su generación hasta su disposición final, pues para finales de 2019 eran alrededor de 1 500 toneladas las que se generan en bcs, siendo en el municipio de Los Cabos donde se generaban más de 600 y en La Paz arriba de 500 toneladas diariamente, lo que convierte el tema de los desechos sólidos en un problema complejo. En la propuesta se establece un marco jurídico para que el estado y los municipios conjunten esfuerzos enfocados al aprovechamiento de los residuos, reconociendo su potencial económico y los múltiples beneficios que dicho aprovechamiento trae aparejados, como el desarrollo de la economía, la generación de fuentes de empleo, la reducción de los impactos al medio ambiente y la explotación nacional de recursos naturales a través del reúso y el reciclaje de materiales. El 21 de junio de 2022 se presentó nuevamente en tribuna del Congreso esta iniciativa, con la que se obligaría al estado y los municipios a realizar obras, diseñar medidas, políticas y estrategias para prevenir la liberación y dispersión al ambiente de residuos de manejo especial y sólidos urbanos. En esta propuesta de ley se definen los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política estatal en la materia, así como los instrumentos para su aplicación, y se establecen las bases complementarias de otros ordenamientos locales para el ejercicio de los actos de inspección y vigilancia que permitan garantizar el cumplimiento y la observancia de esta ley. La iniciativa tiene como origen la aceptación de que uno de los problemas más importantes en la entidad es el de la gran cantidad de residuos que se generan, que en su gran mayoría provienen de prácticas de consumo insustentables y de las pocas acciones que se toman en lo individual y en conjunto para reducir la cantidad de basura. Otorga facultades al titular del poder ejecutivo para promover, en coordinación con el gobierno federal y los ayuntamientos, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, con la participación de inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados. La iniciativa contempla también la posibilidad de celebrar convenios de concertación con los sectores social, privado y productivo, con fines de difusión y educación ambiental, la valorización, reciclaje y composteo, así como el retiro y sustitución de los residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial que se determinen en los propios convenios. También otorga al estado la facultad para restaurar por sí o a través de terceros el suelo contaminado por las actividades del manejo de residuos de manejo especial. Con esta ley se pretenden garantizar los derechos humanos de toda persona a la protección de la salud y a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, propiciando el desarrollo sustentable, a través de la regulación del manejo y la gestión integral de los residuos de manejo especial y de los residuos sólidos urbanos, mejorar el medio ambiente y dar a la población un mejor nivel de vida.

4.3.2 Ley de Turismo para el Estado de Baja California Sur

En el caso del turismo sostenible, la tendencia en la legislación local es normar el turismo alternativo, el cual se integra o conforma por diversas modalidades, como el turismo cultural, de naturaleza, aventura, rural o comunitario y ecológico, denominado también este último como ecoturismo. La Ley de Turismo de Baja California Sur fue publicada el 20 de diciembre de 2010. La ley tiene incorporados los principios de turismo social y de turismo sustentable. El turismo social se entiende como:

la actividad turística que en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad, realizan las personas con recursos económicos limitados, con base en instrumentos y medios de promoción, otorgamiento de facilidades y apoyo. Por su parte, el turismo sustentable se define como la actividad turística que comprende el uso óptimo y la conservación de los recursos naturales, patrimonio cultural, artístico, natural, y humano del estado, sus municipios y comunidades, de forma tal que se promueva el desarrollo de las actividades económicas que reporten beneficios socioeconómicos para los sudcalifornianos.

5. Ejemplos de aplicación en materia de producción y consumo responsable en México

En México, las áreas metropolitanas de la capital (Ciudad de México), de Monterrey y de Guadalajara, las tres ciudades más grandes del país, así como de otras ciudades en los estados de Veracruz, Oaxaca y Chiapas, entre otras, han comenzado a albergar movimientos desde el enfoque de la producción y el consumo sostenibles (Ávila Sánchez, 2019). Algunos ejemplos de este tipo de modelos los encontramos en casos como los que se enuncian a continuación:

  • Producción agroecológica (Veracruz): la organización no gubernamental Vinculación y Desarrollo Agroecológico en el Café (Vida, A. C.), desde 2011 ha creado una red de 234 familias productoras de café a partir de doce comunidades cafetaleras. El proyecto implicó la intervención de la asociación internacional Community Agroecology Network, la cual promovió AgroEco, un modelo de producción certificado. La producción inició a partir de huertos caseros que permitieran mejorar la dieta de las familias y, al mismo tiempo, diversificar su ingreso (Méndez, 2017)
  • Defensa de semilla nativa (Yucatán): Ka’ Kuxtal Much’ Meyaj (kkmm) es una organización indígena que se integra por varias comunidades de los Chenes, Campeche. Por alrededor de diez años se ha dedicado a la defensa y el rescate de las semillas nativas de la milpa, principalmente las de maíz. También trabaja por la protección del cerdo pelón mexicano y las abejas meliponas. En materia de agroecología, cada año organiza y promueve la fiesta de la semilla nativa (Lönnqvist, Mier y Giménez, 2018).
  • Tianguis solidario (Jalisco): uno de los referentes con más longevidad respecto de espacios de encuentro y comercialización es el Ecotianguis, el cual nació en 1999 como una propuesta para generar un punto de venta, a modo de tianguis, derivada de una serie de talleres de educación ambiental organizados por el Colectivo Ecologista de Jalisco en la década de los ochenta, en Guadalajara. Aún en 2020, el tianguis se reúne cada sábado, promoviendo alternativas de producción ecológica local y, además, actividades didácticas de educación y difusión para el comercio justo y el consumo responsable (García, 2015).
  • Huertos escolares (Chiapas): en 2012 se formó un colectivo en San Cristóbal de Las Casas llamado LabVida, de la mano del Colegio de la Frontera Sur y el Centro de Investigación y Estudios Superiores en Antropología Social. Este esfuerzo ha permitido generar un espacio de aprendizaje y encuentro para promover la construcción de una red de huertos escolares. Desde su inicio, alrededor de sesenta docentes, a partir de este espacio, han llevado estos huertos educativos a diversas escuelas del país y en distintos niveles de formación (Morales, García y Bermúdez, 2019).
  • Agricultura urbana (Estado de México): población migrante de origen rural, bajo el precepto de defender la soberanía alimentaria y su vínculo con la tierra, crea la Asociación Xico Kaa’a Comunicaciones. Se trata de una empresa que busca favorecer el autoempleo y la obtención de alimentos sanos para las familias indígenas del municipio de Valle de Chalco, a través de un modelo de agricultura urbana (Moreno-Gaytán, Jiménez-Velázquez y Hernández-Juárez, 2019).

Como estos ejemplos existen muchos otros movimientos y organizaciones que han generado una opción distinta de nuestros modos de producir y consumir. En primer lugar, este tipo de casos permiten observar el involucramiento y la agencia (capacidad de actuar) de diversos actores a lo largo de las cadenas comerciales, productores, trabajadores, cooperativas, empresas, exportadores, importadores, mercados y consumidores finales. Para que esto funcione ha sido necesario el trabajo de organizaciones sin fines de lucro, iniciativas de certificación, redes de consumidores, entre otros factores. Además, estas iniciativas han logrado posicionar su visión, sensibilizando e incidiendo desde lo local hasta lo regional e incluso a escala internacional. Sólo a partir de estas acciones por parte de cada persona es posible fortalecer las relaciones entre productores y consumidores, generando la posibilidad de concebir espacios para intercambiar saberes y fortalecer redes solidarias de consumo en pro del cuidado de la sociedad y el medio ambiente.

6. Conclusiones

Hablar de producción y consumo sustentables o responsables es sumamente amplio. Al respecto encontramos que, en México, el fundamento constitucional de la producción y el consumo sustentables se da a partir del derecho de las personas a un ambiente sano. Siguiendo la jerarquía jurídica, se ubican una gran cantidad de instrumentos internacionales (acuerdos y convenios) a través de los cuales los países miembros se comprometen a realizar acciones encaminadas a la protección del medio ambiente, las que aterrizan de manera más puntual en educación, información, turismo, gobierno, energía, construcción, aguas, residuos, etc. También se observa que la legislación nacional o federal en México contempla un extenso marco que se deriva, en muchos de los casos, de las temáticas que proponen los instrumentos internacionales en materia de producción y consumo sostenible. Sobre el derecho internacional cabe señalar que se han firmado diversos instrumentos internacionales, donde destacan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que han dado pauta a establecer la Agenda 2030, y han sido adoptados motu proprio por los países. Al analizar el marco jurídico de México, el fundamento para expedir las leyes en materia de protección al medio ambiente a su vez contempla las bases para la formulación de las políticas públicas en esta materia. Por otro lado, en materia de producción y consumo sustentable se observa que no existe una ley que regule específicamente el tema, en virtud de que el mismo (como se ha venido señalando) abarca un amplio abanico de materias, por lo que los marcos jurídicos también resultan amplios y extensos y van desde leyes en materia de protección al medio ambiente, recursos hídricos o aguas, a energía, turismo, construcción, compras públicas, etc., las cuales en mayor o menor medida, además, procuran el cumplimiento del ods 12 sobre modalidades de producción y consumo responsables.

En relación con las políticas públicas en México, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 da pauta a una parte del fundamento para la expedición del Programa Sectorial del Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024 (Promarnat), en donde, de manera puntual, se contemplan estrategias en materia de producción y consumo sustentables. En el citado programa se advierte que la ausencia de una cultura ambiental constituye un grave obstáculo para transformar los patrones de consumo insostenibles que predominan en ciertos sectores de la sociedad. Ante tal escenario, se establecen algunas acciones puntuales como impulsar una educación y cultura ambiental para coadyuvar a la mitigación y adaptación del cambio climático y promover modificaciones en los patrones de producción y consumo insostenible; promover el cambio y la innovación en los métodos de producción y consumo mediante la adopción de tecnologías que permitan el uso sustentable de los recursos; Impulsar el uso y manejo de energías bajas en carbono y sustentables; fomentar modalidades de producción y consumo sustentables con el fin de reducir la extracción de recursos naturales, el uso de energía, y para minimizar los efectos de las actividades humanas sobre el ambiente, y promover la economía circular. México también emitió la Estrategia Nacional para la Implementación de la Agenda 2030, mediante la cual se espera alcanzar, entre otros logros, que la política nacional de producción y consumo sostenible contribuya a disminuir significativamente las huellas de energía, agua, biodiversidad y materias primas; lograr una reducción significativa del desperdicio de alimentos per cápita; promover el aprovechamiento energético de los residuos, así como su reciclaje. Las propuestas pretenden asegurar la sustentabilidad de todo acto o servicio que las actividades del Estado puedan causar, a partir entre otros de la producción y el consumo sustentable de sus recursos; la creación de geoparques y la implementación del geoturismo; incorporar el principio de adopción de patrones de producción y consumo sustentables en la formulación de la política nacional de cambio climático; la elaboración y recopilación de información estadística de las adquisiciones sustentables del sector público; otorgar a los municipios la atribución de formular, ejecutar y evaluar el Plan Municipal de Turismo Sustentable; facultar a las zonas metropolitanas para que fomenten el desarrollo turístico sustentable y sostenible. Asimismo, se propone la creación de tres leyes: Ley General para evitar el Desperdicio de Alimentos, Ley General para la Recuperación y el Aprovechamiento de Alimentos, y Ley para la Regulación y Certificación de Productos Ecológicos y Sustentables. Como se observa, transitar de modalidades irracionales o insustentables de producción y consumo a modalidades sustentables o responsables implica desacoplar el crecimiento y desarrollo de un país de la degradación del medio ambiente, de modo tal que se puedan satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer la capacidad para que las generaciones futuras satisfagan sus propias necesidades.

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