V. Cohesión del Código Ético Mundial para el Turismo en la normativa del desarrollo sustentable en municipio de Solidaridad
Dimensions
V. Cohesión del Código Ético Mundial para el Turismo en la normativa del desarrollo sustentable en municipio de Solidaridad
Carlos Raymundo Balderas Elorza*
DOI: https://doi.org/10.52501/cc.107.05
Resumen
El objeto de la presente investigación consiste en comparar lo establecido en el Código Ético Mundial para el Turismo en su artículo 3 “El turismo, factor de desarrollo sostenible”, contra la política pública de desarrollo local turístico en Playa del Carmen (pdc), con base en los lineamientos de desarrollo turístico o los que tengan relación con este en diversos niveles. El estudio comprende la selección de documentales oficiales que tienen relación con la actividad turística del municipio de Solidaridad y la sustentabilidad tales como: el Plan de Desarrollo Urbano del Playa del Carmen, la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo y su reglamento, el Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Solidaridad, y el Programa Sectorial de Diversificación y Desarrollo Integral del Turismo. A estos se les aplicó un análisis de contenido interno sometidos al rigor de la medición para su interpretación. La investigación revela como resultado que los estatutos que regulan el quehacer turístico en pdc se orientan a impulsar la reducción de la presión que ejerce el turismo en el medioambiente, la programación de actividades que protejan los ecosistemas con su biodiversidad y la protección del medioambiente en la perspectiva de un desarrollo sostenible. En menor medida se encontró la distribución equitativa de los turistas, la capacidad de carga e infraestructura que proteja el patrimonio natural y los efectos positivos de la actividad en la economía local.
Palabras clave: Código Ético Mundial para el Turismo, desarrollo sustentable, municipio de Solidaridad, análisis de contenido.
Abstract
The purpose of this research is to compare the provisions of the World Tourism Ethics Code, specifically Article 3 "Tourism, a Factor of Sustainable Development," with the public policy for local tourism development in Playa del Carmen (pdc). This comparison is based on various guidelines and principles related to tourism development at different levels.
The study involves the selection of official documents related to the tourism activities in the municipality of Solidaridad and sustainability, such as the Urban Development Plan of Playa del Carmen, the Tourism Law of the State of Quintana Roo and its regulations, the Ecological Planning Program of Solidaridad municipality, and the Sectoral Program for Tourism Diversification and Integral Development. These documents were subjected to rigorous content analysis for interpretation.
The research reveals that the regulations governing tourism in pdc are focused on promoting the reduction of tourism's impact on the environment, the planning of activities that protect ecosystems and their biodiversity, and the overall goal of achieving sustainable development. Additionally, there were some aspects related to equitable distribution of tourists, carrying capacity, infrastructure to protect natural heritage, and positive effects on the local economy, but they were found to be of lesser significance
Keywords: Global Code of Ethics for Tourism, Sustainable Development, Solidaridad Municipality, Content Analysis.
Introducción
La Organización Mundial del Turismo (omt) reconoce la importancia de la actividad turística para mejorar la calidad de vida de las personas en el ámbito económico, social y ambiental; además promueve un turismo responsable y sostenible que brinde beneficios para todos los sectores de la sociedad en los destinos turísticos. Asimismo, invita a que se proceda en la aplicación del Código Ético Mundial para el Turismo (cemt) a todos los interesados de este sector, según lo acordado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo en Río de Janeiro (1999) y en la Resolución A/RES/406(XIII) de la decimotercera Asamblea General de la omt en Santiago de Chile (1999). Empero, la implementación de este estatuto internacional es de carácter voluntario, puede estar implícito o expresado de forma tácita en la legislación de un país.
El objeto de la presente investigación consiste en identificar por medio del cotejo, lo establecido en el artículo 3 del Código Ético Mundial para el Turismo, “El turismo, factor de desarrollo sostenible”, contra la política pública de desarrollo local turístico en Playa del Carmen (pdc), sustentado en la base de los lineamientos de desarrollo turístico o los relacionados con él en diversos niveles de administración pública. En este sentido, la comparación permitirá identificar el apartado del cemt, que hace referencia a la sustentabilidad en sus tres acepciones (económica, social y ambiental), específicamente en su relación con el turismo como factor de desarrollo.
Para tal efecto, el análisis de contenido como método de investigación permite describir la inclusión que se tiene en la política pública de Playa del Carmen, Solidaridad. Este selecciona categorías de análisis homogéneas, susceptibles a compararse y a medir el nivel o grado de repetición que tienen para formular conclusiones. Entre dichas categorías destacan la limitación de la actividad turística sobre todo en las características de las edificaciones y su densidad y la programación de actividades para proteger la biodiversidad local.
El estudio comprende el apartado metodológico en el que se detalla la aplicación del método de análisis de contenido a documentos como el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Playa del Carmen, la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo y su reglamento, el Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Solidaridad, Quintana Roo y el Programa Sectorial de Diversificación y Desarrollo Integral del Turismo. A todos ellos se aplicó la reproductividad del análisis de tres codificadores. Posteriormente, se hace mención a los términos de referencia sobre la ética, la actividad turística, la sustentabilidad y el análisis de contenido. Finalmente se expresan las conclusiones del análisis de la política pública en yuxtaposición a la expresada por la Organización Mundial del Turismo en su Código Ético Mundial para el Turismo, artículo 3, sobre el desarrollo sustentable.
1. Enfoque teórico-conceptual. Hacia un turismo, responsable, sustentable, ético
En este apartado se exploran las consideraciones teórico-conceptuales del fenómeno turístico en el marco de la ética. Por tal motivo definimos ética, ética turística, sustentabilidad, turismo sustentable, con la intención de relacionarlos como marco en la aplicación de un nuevo turismo basado en un código ético.
Ética en la actividad turística
La palabra ética proviene del griego ethos que significa “carácter”, pero se puede traducir como costumbre, uso, manera de ser y determina la manera en la que las personas deben comportanse en una sociedad. Expresa en muchos sentidos, de acuerdo al contexto sociocultural, una realidad humana relacionada con la responsabilidad de las personas en su devenir diario. No se refiere tácitamente a prohibiciones del modus vivendi de un colectivo, sino más bien es una conciencia que evoluciona continuamente y se perfecciona conforme los hombres establecen vínculos de fraternidad y solidaridad (Fallas, 2010).
Al ser una manifestación de comportamiento social, Durkheim citado en Ramírez, (1994) manifiesta la existencia de una conciencia colectiva concebida como “un sistema de creencias y sentimientos compartidos por los miembros de una sociedad que definen cuales deben ser sus relaciones mutuas” (p. 67) y refiriéndonos al aspecto turístico. Romero, considera a la conciencia turística como la actitud mental adecuada que debe normar nuestros actos individuales y colectivos y que debe dirigirse a tres diferentes sentidos y actores: en la relación que se tiene con el turista, ante quienes suministran los servicios turísticos y a la conservación de los bienes susceptibles de uso turístico (Ramírez, 1994).
El Código Ético Mundial para el Turismo es un conjunto de 10 principios que consisten en orientar y guiar a los gobiernos en sus diferentes niveles (federal, estatal y municipal), al sector turístico, sus profesionales y a los visitantes (excursionistas y turistas), en el desarrollo de la actividad turística. Este código fue adoptado por la resolución A/RES/406(XIII) de la decimotercera Asamblea General de la omt en Santiago de Chile (27 de diciembre–1 de octubre de 1999). El cemt es, por tanto, la culminación de un completo proceso de consulta.
En este código se hace referencia a un conjunto de principios que deben guiar el desarrollo del turismo, además de favorecer una actividad responsable, motivada por la voluntad de fomentarlo de manera responsable, que respete la diversidad social de todos los pueblos. Asimismo, debe fomentar la protección del medioambiente, el desarrollo económico, luchar contra la pobreza, proteger los derechos humanos y la salud, motivar la voluntad de los gobiernos y los actores en la actividad turística a fomentar un turismo responsable y sustentable. Para esto es fundamental implementar el contenido del Código Ético Mundial para el Turismo en las correspondientes leyes, normas y prácticas profesionales de manera voluntaria.
La importancia del Código Ético Mundial para el Turismo radica en que servirá de marco de referencia que reconozca la importancia del turismo y el protagonismo que juega como un instrumento positivo para mejorar la distribución de los recursos económicos y la calidad de la vida de las poblaciones residentes, principalmente en los países en desarrollo. Además intenta promover el entendimiento entre las naciones y los individuos, la paz y la prosperidad a nivel mundial.
Sustentabilidad y turismo
Después de cuestionarse, en la década de los sesenta, por qué el crecimiento económico no era un símil del desarrollo, es cuando se empieza a hablar de propuestas que logren mejorar la calidad de vida de la población, así como de aprovechar los recursos naturales de una manera responsable. Esto dio lugar al denominado desarrollo sustentable (Orozco y Núñez, 2013). Dicho concepto trata de dar respuesta a un modelo “civilizado” que centraliza el poder, que enaltece el desarrollo de la tecnología como medio de producción y el consumismo causante de una diferencia social marcada y, por supuesto, de la destrucción desmedida de los recursos naturales.
Desde 1972, en Estocolmo, con la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible, se implementó el término desarrollo sustentable cuya continuidad se dio en 1987 con el informe de la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo llamado “Nuestro Futuro Común” o informe Bruntland, que plantea al desarrollo sustentable como el medio para satisfacer las necesidades sin comprometer los recursos naturales, además de los términos social y económico. En Río de Janeiro-1992, en la “Cumbre de la Tierra”, se expuso una relación directa entre los factores medioambientales y las condiciones económicas con la justicia social, por lo que se propone a la sustentabilidad como eje articulador, donde los escenarios ambiental, económico y social deben ser equilibrados. Finalmente, se llegó a importantes acuerdos como la Agenda 21, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, y convenios como el de la Biodiversidad. La Cumbre Mundial de Johannesburgo (2002) ratificó los acuerdos de Río y Río +5 (1997). En relación con los acuerdos turísticos, estos tienen como objeto promover el desarrollo sostenible del turismo para incrementar los beneficios de las comunidades receptoras a través del fortalecimiento del ecoturismo, y el mantenimiento de la integridad cultural y ambiental.
El modelo de desarrollo sustentable se supone perdurable en el tiempo, racional en el uso de los recursos y equitativo en los beneficios, pero para brindar soluciones debe coordinarse activamente entre las administraciones locales (con especial atención en la superestructura y la infraestructura económica, social, ecológica), los agentes económicos y la sociedad (Quintero, 2008). Asimismo, los efectos del turismo pueden contribuir a mejorar el aspecto económico y el bienestar social de áreas geográficas entre los que destacan el incremento del nivel cultural y profesional de la población, aumento de la industria de la construcción, atracción de mano de obra de localidades periféricas, aumento de la demanda global de empleo con un desarrollo multiplicador e incentivo de las actividades productivas relacionadas con el turismo (Figuerola, 1990).
Sin embargo, como se ha mencionado, crecimiento no es sinónimo de desarrollo en los destinos turísticos, por lo que es imperativo fomentar un turismo responsable y sostenible con el debido respeto a las opciones de la sociedad de todos los pueblos y promover una verdadera cooperación entre los agentes públicos y privados, así como entre los países. Por tal motivo la Organización Mundial del Turismo exhorta a ajustar la conducta en torno a la actividad, pero al mismo tiempo afirma el derecho al turismo y al libre desplazamiento para promover un orden turístico equitativo, responsable y sostenible con base en la proclamación y aplicación voluntaria de los principios del Código Ético Mundial para el Turismo.
En lo que respecta específicamente a México, el turismo se sustenta en la cantidad y calidad de sus recursos naturales, sin embargo, los criterios ambientales se empezaron a incluir en las políticas de desarrollo a principio de los años 2000, reflejándose en mercados turísticos segmentados como el de aventura, ecoturismo y rural (Ivanva e Ibañez, 2012). En el año 2005 se creó la Comisión Intersectorial de Cambio Climático con el objeto de coordinar las acciones de siete secretarías de estado del gobierno federal en ese ámbito.
A pesar de la directiva de la Organización Mundial del Turismo y su llamado a la reducción de gases de efecto invernadero generados por la propia actividad, estas sugerencias y tendencias no están plasmadas en las políticas públicas de México (Geiger e Ibañez , 2012). Se deben buscar mecanismos para que el aprovechamiento de los recursos y los beneficios generados estén en equilibrio a través de la aplicación de políticas públicas dentro de un marco normativo, con el propósito de evitar un crecimiento económico explosivo a corto plazo, de poca duración y generado por la degradación o agotamiento del recurso turístico.
Partiendo del hecho de las políticas públicas del sector buscan orientar y evaluar la administración de la actividad turística, para generar un desarrollo justo entre el Estado, instituciones, ciudadanía y los turistas, la normativa turística del municipio de Solidaridad expresará por sí solo la cohesión a los aspectos sustentables. Por tal razón se prevé la revisión de su normativa a través de los documentos mencionados a continuación.
La Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo tiene por objeto determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento, protección, promoción, y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, con la finalidad de preservar el patrimonio turístico y el equilibrio ecológico, así como para dictar criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado del estado y de los municipios, a corto, mediano y largo plazo. Asimismo, sirve para sentar las bases de la política, planeación y programación de la actividad turística en Quintana Roo (Congreso de Quintana Roo, 2022). El Reglamento de la Ley de Turismo tiene como objeto la regulación de la ley y sus disposiciones aplicadas por el Estado (Transparencia Quintana Roo, 2022). El plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Playa del Carmen, municipio de Solidaridad 2010-2050 (pdu) es un instrumento de zonificación y vocación territorial que incluye la actividad turística, (Secretaría de Desarrollo Urbano y de Vivienda, 2016). Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Solidaridad, Quintana Roo (poel) (Transparencia Quintana Roo, 2022), y el Programa Sectorial de Diversificación y Desarrollo Integral del Turismo (Secretaría de Turismo de Quintana Roo, 2016), están contenidos en el Plan Quintana Roo 2011-2016.
Para abordar estos elementos se utilizó la herramienta analítica de contenido de la normativa sustentable, aplicada al contexto turístico en el municipio de Solidaridad, donde se incluyen criterios sustentables en la legislación municipal. Con ella se describen las relaciones y coincidencias para poder establecer la siguiente pregunta de investigación: ¿se ha cohesionado, dentro de la legislación y normativa, la aplicación del desarrollo sustentable en el municipio de Solidaridad, en concordancia con lo establecido en el artículo 3 del Código Ético Mundial para el Turismo?
2. Metodología
Este estudio es eminentemente cualitativo; se centra en el criterio del investigador, mediante una filtración de datos, las cuales, evidentemente, son subjetivos por lo que se requiere una autoconciencia y reflexión continua de lo estudiado, a lo que se le denomina subjetividad controlada. No se comprobaron teorías o hipótesis, más bien se generan. Asimismo, la recogida de datos se determinó en relación con el avance de la investigación y no se especificó con antelación un parámetro, dependió más bien de una saturación de datos. Las variables de análisis fueron flexibles y no susceptibles a medición, la investigación, al ser emergente, se fue diseñando en la medida que está avanzó, se utilizaron categorías que agrupan diversas unidades de análisis, y no es estadística.
hallazgos que aparecieron en los objetivos de la investigación se incorporaron según lo afirma Bisquerra citado por López (2002). El método que se utilizó es el de análisis de contenido, que establece la terminología conceptual de uso más frecuente, donde las respuestas interpretadas de lo escrito hacen referencia al contexto y se ubican en el ámbito de lo descriptivo.
En una investigación, la primera actividad consiste en la revisión documental que demande nuestro problema, sin otra limitación más que la pertinencia, pero hay que tomar en cuenta que los documentos son abundantes, heterogéneos y variados: impresos, icónicos, sonoros y verbo-icónicos. Empero, entre la diversidad de fuentes susceptibles de análisis, la más importante es la fuente escrita, aun en su papel de fuente secundaria e indirecta. Al momento de enfrentarnos al análisis de contenido de un texto escrito podemos hacerlo de diversas formas, ya sea comparando documentos derivados de una sola fuente, comparando mensajes de una fuente en diferentes situaciones o comparando mensajes de dos o más fuentes, según lo afirma Pérez Serrano (como se citó en López, 2002).
Ahora bien, los métodos de análisis de documentos son variados, algunos se centran en el análisis externo, es decir, en el contexto en el que fue escrito, mientras que otros, por el contrario, se centran en el análisis interno, procuran destacar su sentido y caracteres fundamentales, como interpretación de carácter personal y subjetiva. Existen también los métodos cuantitativos que se ocupan más en ofrecer cifras en torno a las unidades significativas, el análisis se hace a través de la selección de palabras o frases, y su frecuencia en el texto analizado sirve de base para las conclusiones. Así que se infiere que el tratamiento estadístico es decisivo en el método cuantitativo de análisis de documentos, pues lo vuelve más objetivo y permite el trabajo en equipo. Sin embargo, a la vez es superficial y no respeta el desarrollo orgánico del texto, según lo afirma Marín Ibáñez (como se citó en López, 2002).
El análisis de contenido pertenece al ámbito de la investigación descriptiva. Este extrae los componentes básicos de un fenómeno y trata de someterlo al rigor de la medición con la finalidad de realizar deducciones lógicas (Bardin, 2002).
El análisis fue interno, así que la selección estuvo construida por frases y párrafos dispuestos en cada categoría de análisis, es decir, se seleccionan frases contenidas en el artículo 3 “El turismo, factor de desarrollo sostenible” del Código Ético Mundial para el Turismo, y se yuxtaponen con los documentos susceptibles de análisis, de forma que se mida su frecuencia. Esto sirve de base para determinar las conclusiones e inferir el tratamiento estadístico del método cualitativo.
La metodología comprende la selección de los documentales oficiales que, a criterio del investigador, rigen la actividad turística, ecológica y sustentable del municipio de Solidaridad:
- Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Playa del Carmen, municipio de Solidaridad 2010-2050 (pdu) (Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2016)
- Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo (Secretaría de Turismo de Quintana Roo, 2016)
- Reglamento de la Ley de Turismo (Secretaría de Turismo de Quintana Roo, 2016)
- Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Solidaridad, Quintana Roo (poel) (Transparencia Quintana Roo, 2022),
- Programa Sectorial de Diversificación y Desarrollo Integral del Turismo (Sedetur.qroo.gob.mx, 2016a), contenido en el Plan Quintana Roo 2011-2016.
Para determinar la fiabilidad se utilizó la técnica de “reproducibilidad” en la que obtienen coincidencias de tres decodificadores, con la intención de evitar interpretaciones dispares, utilizando las mismas instrucciones de lectura y registro de manera individual y al mismo conjunto de documentos.
El total de datos codificados es de 234 y el total de los datos codificados igual es de 213. Los datos que no tuvieron coincidencia de por lo menos dos de los decodificadores fueron eliminados.
La fiabilidad de la investigación es de 91 % y se determinó a través de la escala porcentual propuesta por Fox (1981).
porcentaje de acuerdo = 100 x = |
Datos de unidades de datos codificados igual |
Número de unidades de datos codificados |
En cuanto a la validez del estudio se aplicó la “validez de contenido” en la que se razona la elección de las categorías considerando que sean homogéneas, incluyentes, útiles y de exclusión mutua, Fox citado por López, p. 177 (2002). La categoría de análisis contiene frases o variables de análisis que se enuncian en el artículo 3. “El turismo, factor de desarrollo sostenible” contenido en el Código Ético Mundial para el Turismo. Estas variables son las que se contraponen a los documentos analizados.
3. Resultados y discusión: análisis de la política pública de Playa del Carmen en relación con la práctica turística
La política pública turística que se lleva a cabo en Playa del Carmen, municipio de Solidaridad, Quintana Roo, se analiza bajo la luz de los documentos oficiales: Plan de Desarrollo Urbano del Playa del Carmen, Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo y su reglamento, Programa de Ordenamiento Ecológico del municipio de Solidaridad, y el Programa Sectorial de Diversificación y Desarrollo Integral del Turismo, que rigen el desarrollo local y regional, en el ámbito urbanístico y turístico. Estos documentos se cotejan con lo recomendado en el Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo en su artículo 3, “El turismo, Factor de Desarrollo Sostenible”, del que se toman las siguientes unidades con sus respectivas categorías de análisis:
3.1. Aspectos sustentables
Las actividades obras y proyectos que se desarrollen en el área municipal deberán dar cumplimiento a lo establecido en el marco normativo y en los tratados internacionales suscritos por México, aplicables en materia ambiental, urbana, manejo de residuos, protección de flora y fauna, y emisión de contaminantes. Además, se deben utilizar los recursos naturales en razón de la integridad funcional y la capacidad de los ecosistemas por periodos indefinidos, con lo cual se preservan de forma integral los componentes de los medios bióticos y abióticos para que generen beneficios económicos y sociales a la población. Todo esto debe ir precedido por criterios de regulación ecológica en los centros de población que propicien prácticas ambientales que minimicen el deterioro ambiental.
En otras palabras, es necesario planear el desarrollo sustentable mediante la conservación, para asegurar que las generaciones presentes y futuras cuenten con recursos naturales que permitan satisfacer sus necesidades y propicie su desarrollo.
Asimismo, se busca el salvaguardar la belleza y, valor ambiental de los recursos naturales y propiciar el aprovechamiento adecuado del potencial de desarrollo de los sitios con atractivo natural. Con este fin, se deben establecer edificaciones que eviten alterar las áreas naturales de esta zona, de no ser así se fomentará su decadencia y deterioro, y se contrapondrá la propia actividad turística.
Tabla V.1. Correlación de aspectos sustentables del artículo 3 del CEMT*
La riqueza generada por el turismo servirá de cimiento para el desarrollo integral en la diversificación y calidad de los servicios en un contexto ordenado de crecimiento y bienestar para los habitantes. De manera general es lo enunciado en los documentos de esta unidad de análisis con su respectiva frecuencia por categorías (véase tabla V.1).
3.2. Limitaciones de la actividad turística.
En los predios donde existan comunidades de manglar se deberá implementar un programa de conservación, recuperación o restauración del humedal que contenga estrategias y acciones tendientes a la conservación de dicho ecosistema. Los municipios donde haya selva baja y halófitos costeros deben preservarlos en función de su importancia ecológica. El uso sustentable que se pretenda dar a una comunidad de manglar debe estar sujeto a la normatividad aplicable (NOM-022-SEMARNNAT-2003 y la Ley General de la Vida Silvestre), de lo contrario los manglares podrán ser ocupados. En el desarrollo de las actividades ecoturísticas como recorridos, circuitos y paseos dentro de las áreas naturales se deben utilizar vehículos no eléctricos o propulsados con energías alternativas y con silenciadores.
Alrededor de los cenotes y accesos a cuevas se debe mantener una franja perimetral de protección constituida por vegetación natural. En los accesos a la playa se permiten los andadores que atraviesen la franja de vegetación costera en forma diagonal sin rellenos ni pavimentos, para evitar la erosión de la duna o playa. Los predios, terrenos y edificaciones construidas en los diferentes tipos de zonas establecidas tendrán una densidad y un coeficiente de ocupación del suelo (construcción por hectárea) de acuerdo a los lineamientos establecidos.
El ejecutivo del estado y los ayuntamientos podrán intervenir para impulsar la actividad turística en la zona de desarrollo turístico sustentable, siempre y cuando conserven los recursos naturales en beneficio de la población y fomentar la inversión el empleo y el ordenamiento territorial. De manera general, es lo enunciado en los documentos de esta unidad de análisis con su respectiva frecuencia por categorías (véase tabla V.2).
Tabla V.2. Correlación de limitaciones de la actividad turística del artículo 3 del cemt*
3.3. Distribución de la actividad turística para proteger el ecosistema.
En las playas, dunas y posdunas sólo se permite el uso de cuadrúpedos para la realización de actividades turísticas y con restricciones en la temporada de anidación de tortuga marina. Las actividades cinegéticas sólo se permiten bajo el esquema de Unidades para la Conservación de la Vida Silvestre (umas), previsto en la Ley General de Vida Silvestre.
Es imprescindible mantener libre de obras e instalaciones de cualquier tipo una franja de por lo menos 10 m, dentro del predio aledaño a la Zona Federal Marítimo Terrestre y sólo si se comprueba que no generará impactos ambientales significativos podrá ser modificada. Por el contrario si un ecosistema de duna se encuentra afectado se deberá restaurar o reforestar para promover la protección de las playas. Las cercas, bardas o muros perimetrales que se instalen en unidades naturales y ecosistemas para fines turísticos deberán permitir el libre tránsito de la fauna silvestre. De manera general es lo enunciado en los documentos de esta unidad de análisis con su respectiva frecuencia por categorías (véase tabla V.3).
Tabla V.3. Correlación distribución de la actividad turística para proteger el ecosistema del artículo 3 del CEMT*
3.4. Ahorro de recursos naturales.
Se deberá reutilizar el agua tratada para el riego de áreas verdes, jardines campos deportivos o áreas de vegetación natural, así como para el uso de sanitarios. Igualmente, se debe prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo y preservar las zonas de captación y extracción de agua del municipio.
Las actividades recreativas que se promuevan en cuerpos de agua continentales deberán sustentarse en un estudio de capacidad de carga y monitoreo de la calidad del agua para aprovecharla sustentablemente. La equivalencia en el consumo de agua tiene como referencia un cuarto hotelero para dos ocupantes cuyo consumo es de 1500 l/día (véase tabla V.4). De manera general es lo enunciado en los documentos de esta unidad de análisis con su respectiva frecuencia por categorías.
Tabla V.4. Correlación en el ahorro de recursos naturales del artículo 3 del CEMT*
Como parte de los hallazgos encontrados, se identificaron y analizaron los documentos oficiales que rigen la actividad turística y urbanística del municipio de Solidaridad. En contraposición con el artículo 3 del cemt a través del método de análisis de contenido, se considera que existen aspectos con una mayor incidencia de entre los documentos analizados (véase tabla V.5). Los principales son los siguientes:
- Reducción de la presión que ejerce la actividad turística en el medioambiente con 35.89 por ciento.
- Programación de actividades turísticas que protejan los ecosistemas y la diversidad biológica con 14.10 por ciento.
- Protección del medioambiente y los recursos naturales en la perspectiva de un crecimiento económico, saneado, constante y sostenible con 11.53 por ciento.
Tabla V.5. Frecuencias de datos codificados
Por otro lado, los de menor incidencia son:
- Promoción de las modalidades de desarrollo turístico que permitan ahorrar recursos escasos y valiosos con 1.28 por ciento.
- Aumento de los efectos beneficiosos en el sector turismo y en la economía local; programación de las actividades que protejan los ecosistemas y la diversidad biológica; concepción de la infraestructura que proteja el patrimonio natural; y, ahorro de energía con 2.56 % respectivamente.
Conclusiones y recomendaciones
La inclusión del turismo dentro del marco sustentable es indispensable e imprescindible para contar con recursos naturales que cubran las necesidades presentes y futuras, en aras de mantener un destino turístico interesante, atractivo, recurrente y saneado para los visitantes, pero sobre todo para mejorar la calidad de vida de la población receptora. Sin embargo, en muchos de los casos los aspectos sociales y ambientales se ven supeditados a los intereses económicos y políticos.
Por lo anteriormente expuesto, se han identificado a partir del análisis de la política pública urbana y turística, las categorías identificadas en el artículo 3 “El turismo, factor de desarrollo sostenible” del cemt, y se encontró lo siguiente:
Las limitaciones a la actividad turística son las que predominan en los documentos analizados y se centran principalmente en las restricciones a las edificaciones: coeficiente de ocupación del suelo, número de viviendas y altura máxima. Esto supone una reducción de la presión que ejerce la actividad turística en el medioambiente, la cual es la categoría más recurrente en la política pública turístico-urbanística.
La programación de las actividades que protejan los ecosistemas y la diversidad biológica hacen referencia a las actividades de recreo que se pueden realizar en las dunas y arenales sobre todo respecto al uso de automotores y temporadas de veda, así como a las condiciones para realizar turismo cinegético.
La protección al medioambiente y el desarrollo sostenible es una constante en los documentos de análisis, cuya premisa es la conservación de la flora y fauna como medio para un desarrollo social, sin embargo, dentro de la planeación turística parece un asunto secundario y ambiguo.
No se da importancia al ahorro de agua. Por ejemplo, se hacen varias menciones sobre el tratamiento de aguas residuales y el uso que se les dará, mas no habla de cómo fomentar la conservación y utilización responsable de estas misma en un entorno turístico.
La infraestructura turística concebida para la protección del medioambiente y conservación de los recursos naturales es casi nula, salvo algunas disposiciones para el acceso público a playas, uso de materiales locales y algunas consideraciones sobre tratamiento de aguas.
En el mismo sentido no se ven reflejados los mecanismos que hagan de la actividad turística un factor que proporcione y genere efectos beneficiosos en la economía local.
Atendiendo a la pregunta de investigación se induce que la cohesión del Código Ético Mundial para el Turismo en la política pública de Playa del Carmen se encuentra distante de su aplicación, puesto que sólo 38 % de los criterios se encuentran latentes en la normativa turística, contra un 62 % de categorías ausentes.
En general hace falta valorar el papel de la sustentabilidad en la actividad turística, considerando sus diferentes aristas de soportabilidad, viabilidad y sostenibilidad reflejadas en la política pública.
En un futuro el estudio puede ser enriquecido a través de entrevistas a funcionarios públicos y ser extendido a los 10 principios del Código Ético Mundial para el Turismo, con la finalidad de tener un panorama de la inclusión de Playa del Carmen, Solidaridad, en este código.
Referencias
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